viernes, 8 de abril de 2011

Las Teorías del Contrato

Las Teorías del Contrato

Antes de profundizar en este tema, hemos de saber que la pregunta general que pretenden contestar estas teorías es la siguiente, ¿Por qué vivimos en sociedad?

Las Teorías del contrato son el grupo de corrientes de pensamiento que utilizan un hipotético contrato como modelo explicativo del origen y legitimidad tanto del poder político como del Estado.
Dicho contrato social se establece desde un supuesto estado de naturaleza, previo a todo orden social. De forma libre y autónoma, los individuos llegan a un acuerdo para organizarse en una sociedad.

En dicho acuerdo, los miembros deciden cuáles deben ser las funciones del gobernante.

El contrato se presenta como hipotético, ya que la función de estas teorías es la de justificar un tipo concreto de organización política.

Su aparición surge durante los siglos XVII y XVIII de la mano de Hobbes, Locke y Rousseau, y todos parten del ideal antropocéntrico.

Encontramos los siguientes puntos de partida en sus doctrinas políticas:

· Afirmación de la autonomía del individuo.
· Crítica a la concepción teocrática del poder que había rpevalecido en Europa durante la Edad Media.
· Establecimiento de una serie de derechos dependientes de la actividad racional del ser humano.

Thomas Hobbes : Homo Homini Lupus

" El hombre es un lobo para el hombre", ya que en su estado de naturaleza, es egoísta, lleva una vida bastante precaria y posee las mismas posibilidades que cuaalquier otro individuo para vencer en un enfrentamiento. Es cierto que unos pueden ser más fuertes que otros, pero la inteligencia que posee el ser humano anula estas diferencias.


Thomas Hobbes
 Debido a esta igualdad y contunua lucha por los recursos, el ser humano vive en una situación de guerra perpetua de unos con otros.

El ser humano, dotado como está de razón, ve claramente que esta forma de existencia debe ser superada. Surge así como consecuencia natural la necesidad de establecer un contrato (Pacto) mediante el cual todos los firmantes acuerden someterse a un monarca.

De esta unión entre los individuos y el sometimiento a una fuerza superior, surge la sociedad civil. Hobbes representa dicho Estado como un gran Leviatán.


Gracias a la creación de la sociedad civil y la existencia de un poder supremo, los individuos que acuerdan ceder sus derechos reciben protección. Esta protección proviene de las leyes y de la fuerza del soberano para hacerlas cumplir y castigar los delitos.

Sin embargo, el monarca no tiene la obligación de cumplir las leyes. Posee un poder absoluto y puede utilizarlo siempre que en su actuación defienda el derecho a una vida tranquila de los ciudadanos. Pero si no cumple su cometido de modo satisfactorio, estos tienen completa libertad para abandonar la sociedad civil y buscar protección y seguridad en otras sociedades.

John Locke: El contrato liberal

El ser humano en estado de naturaleza es libre y dueño absoluto de su vida y hacienda. Existe además una ley natural que obliga a todo ser humano a respetar la vida, la salud y las propiedades de los demás.

Sin embargo la existencia de individuos que atentan contra esta ley, y violentan con ello la absoluta libertad del ser humano, obliga a que se establezca un contrato entre individuos diferentes que garantice el respeto de esta legitimidad.


John Locke
 En dicho contrato, se pactan las condiciones que deben regir la unión entre individuos: la sociedad civil. En ella, todas las personas se imponen la obligación de respestar la libertad y las propiedades de los demás.

En segundo lugar, se establecen las características y obligaciones del Estado. Frente a Hobbes, John Locke sostiene que el poder de Estado no es absoluto, los gobernantes también estan obligados a respetar las leyes. El filósofo defiende una separación de poderes entre el legislativo y el ejecutivo.

· El poder legislativo. Tiene por función dictar las leyes.

· El poder ejecutivo. Debe velar por el respeto y la correcta ejecución de las leyes que el poder legislativo ha promulgado.




Jean- Jaccques Rousseau: la voluntad general

Rousseau considera que el ser humano en estado de naturaleza lleva una vida plácida y sencilla. Posee abundantes bienes y convive con los demás individuos en armonía.

La unión en sociedades es lo que promueve la propiedad privada. Los enfrentamientos entre individuos tienen lugar siempre que estos conviven en agrupaciones. La envidia, la codicia...
Ocasionando el enriquecimiento de unos y el empobrecimiento de otros. A partir de estas desigualdades, surgen las relaciones despóticas de dominio.
Jean - Jacques Rousseau
 Para acabar con esta situación injusta, Rousseau propone el establecimiento de un acuerdo que denomina contrato social.

Reside en una voluntad general que ama y defiende el interés de la comunidad por encima de cualquier interés particular.

El contrato social de Rousseau no implica ninguna renuncia, ya que el individuo no posee ningún derecho previo a la institución de sociedad.

Las leyes, dictadas por la asamblea, aparecen como justas, universales e inalienables.

Apoyo a la democracia.




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